El principal motivo que dio lugar al rechazo de los expedientes, a través de la Unidad Central de Declaraciones Tardías (UCDTN) de la JCE, fue porque la madre que figuraba en el expediente no era la biológica, que asciende a 1,555, equivalente al 37 por ciento.
En segundo lugar, porque la solicitud de declaración tardía se hizo en base a documentos falsos, que sumaron 1,209, el 28 por ciento.
En orden de cantidad, continua con 627 que fueron rechazados por no jurisdicción, es decir, que se comprobó que el ciudadano estaba tramitando la solicitud en un lugar diferente al del nacimiento (15 por ciento).
Razones
Además, 419 fueron desestimadas porque los solicitantes ya estaban declarados (10%) y 222 por no figurar el padre biológico (5%).
Otros 97 (2 por ciento) fueron rechazados porque se determinó que los solicitantes son extranjeros, es decir, que son de otra nacionalidad y no pueden ser asentados en el registro civil dominicano, y 96 porque ya están registrados en el Plan de Regularización de extranjeros. Ese programa fue puesto en marcha por el gobierno dominicano luego que el Tribunal Constitucional emitió la sentencia 168-13, en la que estableció que a los hijos de extranjeros en tránsito no les corresponde la nacionalidad dominicana, estando en esa categoría los ilegales.
En cambio, 35 fue porque los solicitantes fallecieron durante el proceso.
Las estadísticas sobre casos rechazados correspondientes al período 2019-2021 fueron suministradas por la Unidad Central de Declaraciones Tardías (UCDTN) de la JCE, a través de la Dirección de Comunicaciones, atendiendo a una solicitud de Listín Diario.
Declaraciones tardías
Una declaración de nacimiento es tardía cuando se hace fuera del plazo que otorga la ley 659 sobre actos del estado civil para asentarlo de manera oportuna, que es de 60 días, si ocurre en la zona urbana, y 90 días, para el área rural.
En el proyecto de modificación a esa ley, la JCE propone la ampliación de ese plazo, para que los ciudadanos dispongan de 180 días para asentar el nacimiento de forma oportuna, a partir de que se produzca el alumbramiento.